Mi primera Audiencia Previa

<–Si te gusta este contenido, sígueme en redes sociales para estar al día de nuevas publicaciones. Gracias!

La audiencia previa es un trámite previsto para el Juicio Ordinario en el orden Civil. Su finalidad se puede resumir en tres puntos: subsanar defectos, fijar los hechos objeto de controversia y proponer prueba para su posterior admisión/inadmisión de medios de probatorios.

Consejos previos (valga la redundancia)

– Busca un buen Procurador, que sea experimentado y que se las haya visto en todas las plazas, porque si alguien conoce el derecho procesal como lo puede conocer un@ Juez, ese es el Procurador o la Procuradora. Os puedo recomendar para la zona de Barcelona y alrededores a Noemí Xipell Lorca. Es el 911 Turbo de la Procura.

– Ten seguridad en ti mismo. Seguramente te lo has preparado mejor que tu contrario porqué tenga más experiencia y se lo tome con menos seriedad que tú, así que tranquil@.

– No le tengas miedo al Juez. La percepción generalizada en la sociedad es que son señor@s malhumorad@s que no hacen otra cosa que gritar. Nada más lejos de la realidad. Hay de todo como en todos sitios, pero como me de dijo la oficial de mi Procurador un día antes de entrar «educación y buenos modales abren puertas y portales«

– Respeto por el contrario. Es fundamental el respeto entre contendientes, de hecho creo que es un rasgo que distingue a un buen Abogado de un charlatán. Siempre que cargues las tintas hazlo con la parte, nunca con el compañero, es más elegante y sutil y luego no tendrás reparo en salir y darte un apretón de manos con el contrario. Evita expresiones tales como «mi distinguido compañero se equivoca cuando dice…», mejor un «la parte contraria se alza con X argumento, entendemos de forma equívoca, cuando dice…»

– Nunca te dejes nada en el tintero. Es mejor decir de más que decir de menos y esto es importantísimo. Aunque te lleves un bufido o un «hachazo» por parte de SSª, tu dilo, no te calles. Eso sí, que no sea hablar por no callar.

– Prueba por escrito. Deberás llevar una minuta (escrito) con la prueba que quieras proponer para facilitar el trámite de proposición. Recuerda 3 copias, una para la parte, otra para el juez y otra para ti, para que la leas. Si hay más partes pues tantas copias como partes.

– Tratamiento al Juez. El Juez no es tu amigo, vecino y colega. Es Su Señoría, en consecuencia debes tratarlo como tal, como no, en tercera persona. Tampoco hay que ser más papistas que el papa. No digas cada vez que abres la boca con su venia…. Es de novatos. Dilo una vez cuando tengas que iniciar tu discurso porqué te han dado la palabra.

– IMPORTANTE. Lleva tu agenda a la previa. En la previa se fijará la fecha del juicio por eso deberás llevarte tu agenda porque si no te va bien esa fecha por tener otro señalamiento tendrás que manifestarlo para que se cambie. EN OTRO MOMENTO POSTERIOR NO TE ADMITIRÁN UN CAMBIO.

El trámite de la Audiencia Previa

Voy a intentar ser lo más detallado posible.

– Llegas al pasillo donde está la sala de vistas. Recuerda que dicha sala no tiene porque estar en la misma oficina judicial del Juzgado que te toca. Ante la duda pregunta a algún funcionario o a tu Procurador.

– Pregunta por la parte contraria (así le pondrás cara a tu contrario y entablarás un primer contacto). Este es un momento crucial: si te plantea acuerdo, es que tienes unas altas probabilidades de ganar el juicio, a sí que tenlo en cuenta para tomar una determinación en consecuencia. Las Cías de seguros y las entidades financieras son un poco especiales en este sentido y escapan a esta afirmación.

– Cuando salga el funcionario de la sala te pedirá tu carnet de colegiado y el suyo al Procurador, además de la minuta de prueba por escrito que ya llevarás preparada, dale solo una copia y la otra en el trámite correspondiente ya se la darás al contrario. Es el momento. PONTE LA TOGA porqué dentro de nada entras (Ya no hay toga desde el COVID 19, mucho mejor…)

– El funcionario te llamará para entrar. Entra en la sala con una sonrisa y saluda: «Buenos días» no cuesta nada. Te sientas, entrando a la IZQUIERDA (mano derecha del Juez) si vas como actor o demandante; o entrando a la DERECHA (mano izquierda del Juez) si vas como demandado. Ojo que alguna vez me he encontrado algun Juez que cambia las posiciones.

– Empecemos: el Juez abrirá el acto, identificará a las partes y a sus Letrados. A veces te hace identificarte a ti mismo. Dices tu nombre y tu número de colegiado y Colegio. Prestar especial atención a los siguientes puntos, porqué a veces el Juez se salta alguno. HAY QUE ESTAR ATENTO:

1º POSIBLE ACUERDO. El Juez preguntará si hay acuerdo. Contesta sí o no y no cargues contra la parte por lo malvada que es por no querer llegar al acuerdo, al Juez no le interesa. Eso sí, puedes en un momento dado decir que estás abierto o hacer una oferta (si te interesa) pero no empieces que lo has intentado pero como la parte contraria es un diablo no has llegado a ningún sitio. ERROR.

2º EXCEPCIONES PROCESALES. Ojo. Si las hay, no te vendrán de nuevo porque se plantean en la contestación, con lo cual, habrás tenido tiempo para prepararte un buen argumento para oponerte. Si el juez admite/inadmite las excepciones, recurre en reposición si te interesa. MUY IMPORTANTE: DEBES CITAR EL PRECEPTO VULNERADO. De hecho esto es un error de manual, si el contrario recurre en reposición y no lo hace, impugna el recurso por eso y es muy posible que, aunque no la tengas, te den la razón por un tema procedimental.

Volviendo a las excepciones, si vas como demandante y se admiten recurres y si te deniegan el recurso, CONSIGNA PROTESTA para una eventual apelación.

El tratamiento de las excepciones, vienen reguladas en el art. 416 a 425 de la LEC. No me voy a recrear porque los efectos se explican con claridad meridiana.

Si no se admiten excepciones pasaremos al siguiente trámite.

3º ALEGACIONES COMPLEMENTARIAS. HECHOS NUEVOS Y DE NUEVA NOTICIA. PRESENTACIÓN DOCUMENTOS NUEVOS. Ojo. este trámite a veces se lo saltan y puede ser muy importante. Aquí, si hay algún hecho nuevo o de nueva noticia deberás introducirlo porqué más tarde no podrás presentar los documentos que lo sustenten, siempre que justificadamente no hubieras podido acompañarlos a la demanda y realmente sean hechos nuevos y de nueva noticia.

Si eres demandado, ojo que no te den gato por liebre. Este Trámite muchas veces se utiliza para «parchear descuidos». Si el hecho no es nuevo o de nueva noticia o razonablemente lo tendría que haber conocido el actor, te opones, cita el precepto legal que se infringe y que SSª resuelva. Se puede recurrir en reposición la resolución.

4ª IMPUGNACIÓN DE DOCUMENTOS. Ojo. Se impugnan en cuanto a su autenticidad y no por su valor probatorio y no hace falta que se lo recuerdes al juez. Aquí sé breve y concreto. NO o SI y cuáles. No hace falta que le digas al Juez que lo haces en cuanto a su autenticidad como ya he dicho. Ya lo sabe.

Si impugnas alguno deberás de proponer medios para cotejar su autenticidad. Si te equivocas te impondrán las costas del perito y una sanción económica, así que CUIDADO.

5º FIJAR HECHOS CONTROVERTIDOS. Ojo, para no perder la costumbre. En cada plaza se hace de una forma distinta. Si tienes suerte, te los fijará el Juez y simplemente tendrás que manifestar tu conformidad o matizar algo importante que haya obviado, no hay que ser sumamente precisos en cuanto a los hechos pero evidentemente no hay que obviar nada, es decir, si pretendes matizar algo que es evidente de algún hecho que ha mencionado el juez, olvídate, si realmente ha obviado un hecho en su totalidad, haz la mención.

Si no los fija el Juez, primero dará la palabra al demandante y luego al demandado, en cualquier caso fíjalos con precisión y si eres demandado remítete a los fijados por la actora y añade los que creas oportuno.

6º PROPISICIÓN DE PRUEBA. Lee la minuta que traes preparada y matiza lo que quieras. IMPORTANTE: CUENTA LO QUE LEAS (LO QUE DIGAS) NO LO QUE TRAES POR ESCRITO, PUES LA MINUTA ES UNA MERA GUÍA PARA EL JUEZ Y PARA REFLEJAR DOMICILIOS PARA LAS CITACIONES (esto ha cambiado con posterioridad a cuando lo escribí, de hecho ahora ya está prevista en la norma la minuta de prueba por escrito). Cierto es que con la última reforma es obligatoria traer minuta por escrito, si bien se puede modificar en el acto, presentando posteriormente la minuta modificada por escrito. PUNTOS IMPORTANTES:

– SI PIDES INTERROGATORIO DE PARTE, QUE SEA EN LA PERSONA QUE HAYA INTERVENIDO DIRECTAMENTE EN LOS HECHOS, EN EL CASO DE PERSONAS JURÍDICAS.

– SI PIDES INTERROGATORIO DE TESTIGOS, ESPECIFÍCA EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE EL DOMICILIO DONDE ENCONTRARLOS Y SI NO INVOCA EL 156 DE LA LEC PARA QUE EL JUZGADO LO AVERIGÜE EN ARCHIVOS OFICIALES. ESPECIFICA SI LA CITACIÓN ES DE PARTE (LO TRAES TÚ) O DEBE SER JUDICIAL.

– HAZ ESPECIAL MENCIÓN A LOS DOCUMENTOS NUEVOS Y DE NUEVA NOTICIA QUE PRESENTASTE.

RECURSOS: Admitida o inadmitida la prueba, podrás recurrir en reposición. Otra vez: CITA EL PRECEPTO LEGAL INFRINGIDO y si te deniegan CONSIGNA LA PROTESTA.

TACHAS: tacha los testigos y peritos que te convenga y especifica el motivo.

7º FECHA PARA EL JUICIO. Si la prueba propuesta es solo documental quedará visto para sentencia de acuerdo con el 429 LEC. Si hay testifical se fijará una fecha. Como dije en consejos previos deberás haber llevado tu agenda (escrita, tableta o movil) para comprobar que no tienes nada ese día.

8ª FIN DEL ACTO. Recoge, le das la mano al Juez y al funcionario que está presente, al contrario y les das nuevamente los buenos días.

Por otra parte, no has de firmar acta alguna porque ahora se hace todo digital con el «ojo que todo lo ve» que hay en las salas de vistas, salvo excepciones muy contadas, en las que será el personal del juzgado el que te indique que te quedes un momento para firmar el acta (a mi me pasó no hace tanto en un Juzgado de Monforte de Lemos)

REFLEXIÓN FINAL

Lo harás bien, lo importante es tener seguridad, no amilanarse con el contrario y tener las ideas claras. Te recomiendo que cuando el Procurador te envíe el CD te lo mires varias veces, podrás mejorar y corregir tus errores.

¡Mucha suerte con tu primera audiencia previa!

<–Si te gusta este contenido, sígueme en redes sociales para estar al día de nuevas publicaciones. Gracias!

También te podría gustar...

1 respuesta

  1. 12 de septiembre de 2022

    […] Siendo éste el primer post de esta categoría, me gustaría subrayar que la categoría Procesal para Dummies recogerá consejos y explicaciones acerca de distintos momentos procesales, con el fin de orientar a la gente […] Este post ha sido migrado a otro Blog: Mi primera Audiencia Previa […]

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *